La formalización de esta resolución se dio a conocer mediante la Resolución 40/2026, publicada en el Boletín Oficial. Este decreto, emitido por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, detalla los criterios que regirán el aporte nacional para financiar la Tarifa Social Federal.
En un comunicado, la Secretaría de Transporte explicó que la medida introduce “un criterio uniforme y previsible para calcular el beneficio que financia el Estado Nacional, fortaleciendo la administración de los recursos públicos destinados a esta política”. Además, se enfatizó que este cambio no afectará el alcance del beneficio: más de 5.500.000 individuos continuarán accediendo a un 55% de descuento en el transporte público a través de la tarjeta SUBE personalizada.
Con esta resolución, el cálculo de la Tarifa Social Federal se realizará sobre tarifas de referencia. En el caso de los servicios provinciales y municipales, se usarán como referencia las tarifas vigentes al 30 de junio de 2026. Para los servicios de colectivos de jurisdicción nacional y de los ferroviarios, se tomarán las tarifas definidas por la Resolución 27/2026 de la Secretaría de Transporte.
Estas tarifas de referencia comenzarán a aplicarse a partir del 1° de julio de 2026 y permanecerán vigentes hasta que la Secretaría de Transporte decida actualizarlas.
El cambio se justifica porque las actualizaciones tarifarias son decididas por cada provincia, municipio o autoridad competente, generando una dinámica impredecible que afectaba automáticamente el financiamiento nacional de la Tarifa Social Federal, sin que el Estado Nacional interviniese en dichas decisiones. Según se indicó, las actualizaciones tarifarias en las jurisdicciones incluidas en el Sistema Único de Boleto Electrónico presentan variaciones frecuentes y diversas, dificultando la previsión de los recursos necesarios para financiar este beneficio.
La resolución es clara en que no altera las facultades de las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ni los municipios para fijar los cuadros tarifarios de los servicios de transporte en sus jurisdicciones. Se aclara que se “preserva plenamente” la autonomía de esos gobiernos para establecer sus tarifas o beneficios adicionales con financiamiento propio.
Asimismo, si alguna jurisdicción tiene una gratuitidad o franquicia superior a lo estipulado en el régimen nacional, se mantendrá esa condición. Las jurisdicciones locales podrán utilizar la tarjeta del Sistema Único de Boleto Electrónico para implementar ese beneficio adicional, aunque deberán definir el método de implementación y el esquema de financiamiento correspondiente.
El beneficio se extiende a jubilados, pensionados, personal de trabajo doméstico, veteranos de la Guerra de Malvinas, monotributistas sociales, titulares de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación por Embarazo, así como a beneficiarios de varios programas de integración laboral y social. No se incluye ni se excluye a ningún grupo de los que ya reciben este régimen.
Este nuevo esquema es parte de un proceso de transformación que comenzó en febrero de 2024, cuando se eliminó el Fondo Compensador al Transporte Público del Interior. De esta manera, el Estado avanza hacia un modelo que deja atrás los subsidios a la oferta y se enfoca en asistir de forma directa a las personas, especialmente a aquellos sectores que necesitan apoyo gubernamental para acceder al transporte público.
El Gobierno detalló que anteriormente la mayor parte de los recursos nacionales destinados al transporte automotor se asignaban a compensaciones, pero las recientes medidas han permitido reorientar esta asistencia hacia un apoyo directo a los usuarios. Actualmente, toda la ayuda nacional para el transporte automotor se concentra en los beneficiarios de la Tarifa Social Federal.
La resolución también contempla una implementación por etapas. La empresa encargada del sistema tecnológico de la SUBE ha comunicado a la Secretaría de Transporte que sus sistemas actuales no permiten aplicar de inmediato el nuevo mecanismo de cálculo, por lo que se requerirá ajustar varios sistemas centrales para su implementación definitiva. Durante este período de adecuación, se aplicarán reglas de parametrización transitorias compatibles con la infraestructura existente.
Los costos asociados a la implementación de esta medida serán cubiertos por fondos del Tesoro Nacional, que se transferirán al fideicomiso creado por el decreto 976/2001, tal como se especifica en el texto de la resolución.
El proceso de modernización del sistema también incluye la expansión del Sistema Único de Boleto Electrónico a 71 localidades del país, junto con avances en su nominalización y la inclusión de nuevos medios de pago para acceder al transporte público.









