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Vence el plazo para que bancos participen en el Programa de Desendeudamiento Familiar

14 agosto, 2026
in Economía
Vence el plazo para que bancos participen en el Programa de Desendeudamiento Familiar
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Este viernes 14 se cierra el plazo que estableció la administración de la Ciudad de Buenos Aires para que bancos y entidades financieras confirmen su participación en el nuevo Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal. La propuesta busca ofrecer un respiro a los hogares que tienen atrasos en sus obligaciones crediticias y ya ha sido aceptada por cuatro instituciones financieras: el Banco Ciudad, Banco Santander, ICBC y Banco Supervielle. Esta iniciativa nace de la sanción de la Ley N° 6959 en la legislatura local, la cual busca establecer condiciones más accesibles para la renegociación de deudas originadas en préstamos personales y compras con tarjetas de crédito emitidas por entidades registradas hasta el 1 de junio pasado. Uno de los aspectos más destacados del programa es un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una Tasa Nominal Anual (TNA) fija de hasta el 35%. Esta opción representa una salida más ventajosa en comparación con las tasas de refinanciación tradicionales que generalmente superan ese porcentaje. “Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más tiempo y a una tasa fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y desea regularizar su situación. Esta fue una propuesta en la que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para hacerla financieramente viable”, destacó el jefe de gobierno porteño, Jorge Macri. Para acceder a este beneficio, los interesados deberán cumplir ciertos requisitos socioeconómicos y crediticios. Las principales condiciones son: el origen de la deuda debe ser exclusivamente de tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados por entidades reguladas; la calificación crediticia debe ser Situación 2 (entre 60 y 90 días de atraso) o Situación 3 (entre 90 y 180 días de atraso) en la Central de Deudores del Banco Central (BCRA); los ingresos familiares no deben superar el equivalente a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM); los compromisos mensuales de deuda deben representar más del 30% de los ingresos totales del hogar; y se debe acreditar una residencia real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con al menos dos años de antigüedad. La ley también ha excluido a ciertos perfiles para enfocar el beneficio en quienes atraviesan una situación de vulnerabilidad patrimonial: propietarios de más de un inmueble; titulares de vehículos con menos de 5 años de antigüedad, salvo excepciones laborales; titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrados; personas con activos financieros que superen el valor total de la deuda reclamada; y aquellos que hayan adquirido divisas en el mercado oficial durante el periodo de las deudas. Para incentivar a las entidades financieras a ofrecer tasas subsidiadas, el gobierno porteño ha establecido un beneficio impositivo, que consiste en una reducción del 50% en la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los intereses generados por las refinanciaciones bajo esta ley. Tras la finalización del plazo de adhesiones, comenzará la etapa operativa, permitiendo a los clientes solicitar formalmente la reestructuración de sus deudas con las entidades participantes.
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