A diferencia del RIGI establecido por la Ley 27.742, esta nueva normativa se centra exclusivamente en industrias de vanguardia, tales como la inteligencia artificial, biotecnología avanzada y semiconductores, según lo detallado en el proyecto que ha sido remitido al Congreso.
Entre los puntos destacados, se establece una inversión mínima de 1.000 millones de dólares por proyecto, donde se exige que al menos el 20% de dicha inversión se ejecute dentro de los primeros dos años.
Los interesados deberán crear un Vehículo de Proyecto Único (VPU) que se dedique exclusivamente a la actividad promovida y que cuente con activos exclusivamente destinados a esta labor.
Un aspecto relevante es que el acceso a los beneficios ofrecidos a nivel nacional dependerá de la adhesión expresa de las provincias y municipios, los cuales deberán comprometerse a no imponer nuevos gravámenes locales.
En cuanto a la seguridad social, se estipula una alícuota única del 10% para las contribuciones patronales relacionadas con nuevas relaciones laborales.
El régimen Súper RIGI garantiza una estabilidad normativa de 30 años para todos sus incentivos, protegiéndolos de futuras legislaciones más severas. Asimismo, se asegura el acceso al arbitraje internacional (CIADI, CCI o CPA) para la resolución de disputas con el Estado Nacional, reconociendo estos derechos como inversiones protegidas por tratados internacionales. El plazo de adhesión es de cinco años, con posibilidad de una prórroga adicional.









