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Condenas en el caso de la Mafia de los Contenedores

14 julio, 2026
in Economía
Condenas en el caso de la Mafia de los Contenedores
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Un tribunal ha impuesto penas de hasta siete años de prisión en el marco de una investigación sobre un esquema de contrabando que causó un perjuicio fiscal superior a 18 millones de dólares.

Después de una década desde que la Aduana detectara una compleja operación para introducir ropa y telas chinas al país bajo la apariencia de importar carbonato de calcio, se dictaron este lunes las primeras condenas en una de las causas más emblemáticas relacionadas con la denominada “Mafia de los Contenedores”. Se trata de una investigación clave, ya que de ella se desprenden otros numerosos expedientes que aún permanecen pendientes en los tribunales de lo Penal Económico.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3, conformado por los jueces Alejandro Zabala, Karina Perilli y Fernando Machado Pelloni, sentenció a empresarios, despachantes de aduana, operadores logísticos y dos firmas comerciales por formar parte de una organización dedicada al contrabando agravado a través de un sistema de documentación falsa que permitió, durante casi seis meses, la importación de mercadería textil con el pago de impuestos irrisorios.

Las penas más severas, de siete años de prisión, se aplicaron a Walter Moglianesi, Miguel Ángel Elnen y José María Zaragoza, considerados coautores del contrabando. Jorge Carlos Fano, propietario de la empresa TT Cargo, y Eduardo Urraco fueron condenados a seis años de prisión. Otros miembros de la organización recibieron penas que oscilan entre los cuatro y cinco años y diez meses. Dos mujeres vinculadas al caso no fueron encarceladas, pero recibieron tres años de prisión en suspenso como partícipes secundarias.

El tribunal también tomó una de las medidas más drásticas contra personas jurídicas al ordenar el retiro de la personería jurídica y la cancelación de la inscripción registral de las empresas TT Cargo S.A. y Cuiper S.A., que habían sido utilizadas para llevar a cabo la maniobra delictiva.

La investigación se inició bajo la dirección del militar retirado Juan José Gómez Centurión al frente de la Dirección General de Aduanas, y luego fue sostenida por el juez Marcelo Aguinsky, la fiscal Gabriela Ruiz Morales y la PROCELAC.

El fiscal general durante el juicio, Gabriel Pérez Barberá, quien había solicitado previamente penas de entre seis y ocho años y medio, manifestó que las pruebas demostraron la existencia de una “organización coordinada” con funciones claramente definidas y un doble circuito de documentación pensado para eludir a la Aduana.

Según la acusación, la maniobra tuvo lugar entre agosto de 2015 y enero de 2016 e incluyó treinta y un hechos consumados y un intento fallido, cuando un contenedor fue detectado en el puerto de Buenos Aires.

El mecanismo comenzaba en China, donde los documentos marítimos originales especificaban correctamente que los contenedores transportaban rollos de tela y prendas de vestir. Sin embargo, antes de la nacionalización de la carga en Argentina, se creaba un segundo circuito documental a través de las declaraciones aduaneras y House Bill of Lading, en el que la mercadería aparecía como carbonato de calcio.

La diferencia en la carga impositiva era significativa: mientras que un embarque textil debía tributar cientos de miles de dólares, el carbonato de calcio apenas generaba unos pocos miles de dólares en carga fiscal. Según los datos de la fiscalía, en menos de seis meses la organización causó un perjuicio al Estado superior a 18 millones de dólares.

El fallo desestimó todos los planteos de las defensas, incluyendo la nulidad de los allanamientos y la contabilidad del proceso, así como la supuesta vulneración de los plazos razonables y la aplicación de la Ley 27.799 para la extinción de la acción penal.

Un aspecto adicional que se destacó en la sentencia fue la consideración de la participación de un funcionario de aduana como un agravante del delito de contrabando, así como la implicación de más de tres personas, la falsificación de documentos y el alto valor económico de la mercadería involucrada. La corte comunicará los fundamentos completos de su veredicto el 22 de septiembre.

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