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Exintendenta de Bariloche y ex inspector absueltos en caso de irregularidades en construcción de viviendas

31 marzo, 2026
in Política
Exintendenta de Bariloche y ex inspector absueltos en caso de irregularidades en construcción de viviendas
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SAN CARLOS DE BARILOCHE.- En el contexto de la causa Techo Digno, la exintendenta de esta localidad, María Eugenia Martini (PJ), y el ex inspector municipal, Alfredo Milano, fueron absueltos hoy de las acusaciones de peculado y administración fraudulenta.

Tras un juicio oral y público, el veredicto destacó que, aunque se identificaron irregularidades administrativas en la utilización de fondos destinados a la edificación de viviendas, no se probó el dolo necesario para los delitos que se les imputaban.

Los jueces Romina Martini (sin relación familiar con la exintendenta), Víctor Gangarrosa y Marcos Burgos, expresaron de manera unánime que el análisis de la evidencia técnica y las declaraciones relacionadas con la realización de las obras, en un plan que contemplaba 825 viviendas, no permitió establecer un criterio uniforme para determinar los porcentajes de avance que sustentaban la acusación.

Semanas antes, la fiscalía había señalado que entre 2013 y 2015, la exintendenta firmó dos convenios que la comprometían a cumplir ciertas pautas, incluidas la presentación de certificados mensuales sobre el avance de las obras que evidenciaran “de forma fehaciente, puntual y real” el estado de los trabajos. El fiscal Martín Lozada mencionó que las nueve adjudicaciones para llevar a cabo las labores se repartieron entre dos empresas constructoras, y que, en este marco, los acusados certificaron “de más, de mucho más” de lo efectivamente construido.

Se precisó que los valores porcentuales empleados surgieron de diferentes fuentes —como mediciones del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro (IPPV), certificaciones de obra e informes de infraestructura— sin que se aclarara en qué situaciones se aplicaba cada uno. “Esta variabilidad generó resultados divergentes para una misma obra y, por consiguiente, impidió afirmar con certeza que las certificaciones hubieran superado el avance real”, indicaron los magistrados en la sentencia.

Asimismo, se señaló que muchas de las mediciones utilizadas por la acusación se llevaron a cabo posteriormente a las certificaciones cuestionadas y no de forma contemporánea a los hechos. Además, se evidenció una falta de documentación técnica completa que habilitara una reconstrucción precisa del estado de las obras en cada etapa.

En este marco, el tribunal subrayó que la prueba técnica producida retroactivamente no permite descartar que las discrepancias detectadas sean resultado de diferentes criterios de medición o de cambios en el estado de las obras con el tiempo. También señalaron inconsistencias internas en la hipótesis de la acusación, ya que en algunos casos se postuló la inexistencia de obras mientras que se calcularon diferencias porcentuales parciales, lo que es difícil de conciliar.

El tribunal concluyó que la evidencia es compatible con múltiples interpretaciones técnicas y que no se logró demostrar, con el nivel de certeza requerido, la existencia de certificaciones fraudulentas o de alguna maniobra de sobrecertificación.

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