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Kicillof postergó el pago de impuestos patrimoniales a la espera de la nueva ley Fiscal Impositiva

9 enero, 2025
in Política
Kicillof postergó el pago de impuestos patrimoniales a la espera de la nueva ley Fiscal Impositiva
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El gobierno de Axel Kicillof, a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), anunció la postergación de los vencimientos de los principales impuestos patrimoniales, como el Inmobiliario Urbano y Rural, Automotores y Embarcaciones Deportivas, hasta marzo de 2025. La medida se tomó debido a que la Legislatura bonaerense no consiguió el consenso político necesario para aprobar la Ley Fiscal Impositiva 2025, lo que impidió la definición de un nuevo esquema tributario.

Según ARBA, esta situación también afecta la emisión de boletas de estos tributos, que quedará suspendida durante los meses de enero y febrero. A diferencia de años anteriores, cuando la primera cuota del Inmobiliario vencía en febrero, este año no habrá vencimientos para impuestos patrimoniales hasta que se apruebe el marco normativo correspondiente.

La decisión fue oficializada mediante la resolución 1/2025, publicada en el Boletín Oficial, en la que también se estableció el cronograma de vencimientos para el impuesto sobre los Ingresos Brutos y los plazos de presentación de declaraciones juradas de los Agentes de Recaudación e Información. Mientras tanto, los contribuyentes deberán esperar a la aprobación de la ley para conocer las fechas definitivas de los vencimientos de los impuestos patrimoniales.

Pese a la falta de definición normativa, ARBA confirmó que los contribuyentes que no presenten deudas podrán acceder a un descuento de hasta el 15% si optan por el pago anual anticipado de los impuestos patrimoniales. Este beneficio aplicará para el Inmobiliario Urbano y Rural, Automotores y Embarcaciones Deportivas, y busca incentivar el cumplimiento fiscal entre quienes se encuentren al día con sus obligaciones tributarias. Es uno de los temas que fueron motivo de discusión en la frustrada negociación legislativa. La oposición exigía y exige que esa decisión quede explícitamente redacta en la ley con un articulado propio y no que sea una disposición resolutiva de ARBA.

Por su parte, ARBA subrayó que esta medida, sumada a la suspensión de vencimientos en los primeros meses del año, busca aliviar temporalmente la carga tributaria de los bonaerenses mientras se define el esquema impositivo para 2025.

En contraste con los impuestos patrimoniales, el cronograma del impuesto sobre los Ingresos Brutos se mantendrá sin cambios. Este tributo, que constituye una de las principales fuentes de recaudación para la provincia, seguirá aplicándose con normalidad tanto para los contribuyentes locales como para aquellos que tributan bajo el convenio multilateral. Asimismo, los Agentes de Recaudación e Información deberán respetar los plazos establecidos para la presentación de sus declaraciones juradas.

La demora en la aprobación de la Ley Fiscal Impositiva 2025 podría generar un impacto significativo en las finanzas de la provincia, ya que los impuestos patrimoniales representan una parte importante de los ingresos fiscales bonaerenses. Sin embargo, desde ARBA indicaron que la medida también tiene como objetivo otorgar un alivio a los contribuyentes en un contexto de incertidumbre económica y política.

La postergación de vencimientos y la implementación de descuentos por buen cumplimiento reflejan los esfuerzos del organismo por equilibrar la recaudación fiscal con el apoyo a los contribuyentes, mientras se espera que la Legislatura alcance un acuerdo político para sancionar el marco normativo pendiente.

Sin embargo, la no sanción de una nueva ley impositiva para el ejercicio 2025 también faculta al Gobierno bonaerense a -si lo dispone- sostener la estructura impositiva del 2024 

La cuota adicional, regulada en los artículos 138 y 139 de la Ley Fiscal 2024, fue implementada por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) y generó controversias desde su aprobación a fines de 2023. Este gravamen afectó tanto al Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado como al Impuesto Inmobiliario Rural, aplicándose únicamente a quienes superaron ciertos límites en la base imponible de sus propiedades. Para el caso del inmobiliario urbano, se activó cuando la base imponible total o la sumatoria de las bases imponibles de varias propiedades excedió los $31.465.000. Por su parte, en el inmobiliario rural, el umbral fue de $39.096.756 considerando la tierra libre de mejoras.

El proyecto para la Ley Fiscal 2025, aún pendiente de votación, plantea condiciones más flexibles que las del año anterior, lo que podría poner fin a la cuota adicional si entra en vigencia. Mientras tanto, las potestades tributarias para sostener este tipo de medidas siguen amparadas legalmente en las disposiciones de la normativa actual.

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